Tina Hernández
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Luego de la aprobación de la creación de un “Padrón de Deudores Alimenticios”, a través del Poder Judicial de Querétaro se comunicó que una vez que el proyecto sea ley, con su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en el estado se deberá homologar la norma local con la Ley General.
La presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Querétaro, Mariela Ponce Villa, compartió que en la materia judicial deberán realizarse modificaciones en los asuntos familiares y penales.
“Se acaba de aprobar esta iniciativa, todavía no se pública, todavía no es ley, incluso hay posibilidad todavía de algunas modificaciones, es una reforma que se propone a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para proteger su derecho a la alimentación. Vamos a esperar que se autorice definitivamente, se autorice para saber en qué términos viene y cómo se aplicaría en el tema de deudores alimenticios.
En este caso hay procedimientos en la materia familiar, pero también en la materia penal, y es saber cuál es el referente que vamos a tomar, si ya cuando se convierta en delito y haya una sentencia de condena o con una vinculación a proceso, eso es lo que todavía no sabemos, entonces vamos a esperar a que esté culminado todo el proceso legislativo y que se publique y saber cómo vamos a proceder”.
Es de recordar que con la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán de lo necesario, con la finalidad de establecer, como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar procedimientos y trámites como:
Licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y de viaje; participar como candidato a cargos de elección popular; participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal; trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales.
También se requerirá dicho certificado en las solicitudes de matrimonio, situación en la que la persona oficial del Registro Civil.
“Cada que hay una disolución del vínculo matrimonial o incluso un concubinato, y hay situación con los padres, una de las medidas cautelares que se pone de inmediato es el pago de los alimentos, pero eso no significa que tengamos un deudor, pues muchos padres y madres están cumpliendo con sus pensiones alimenticias, por eso vamos a ver a partir de qué momento se da el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar”.

