Diego González

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Los negocios que aplican comisiones a los pagos con tarjeta de crédito o débito para adquirir servicios o productos no obtienen ganancias de dicho cargo, sino que lo destinan a las instituciones financieras para facilitar este método de pago a la población, señaló Lorena Muñoz Altamira, presidente de la Cámara de Comercio de Querétaro, quien consideró que las empresas bancarias deben apoyar a los comerciantes en dicho tema.

Lo anterior, lo refirió luego de que se le cuestionara sobre las modificaciones a la “Ley federal de protección al consumidor” que establecen sanciones a los establecimientos que cobren comisiones a quienes realicen pagos con tarjeta de crédito o débito por el pago de algún servicio o producto.

Aunque mencionó que están enfocados en generar una propuesta de proyecto en este tema junto con la CONCANACO, la líder empresarial afirmó que los negocios y empresas que participan en esta práctica no obtienen beneficio del dinero generado por las comisiones, sino que estas son transferidas a las instituciones bancarias para poder tener la posibilidad de recibir pagos mediante terminales.

“Como empresario hago uso de una cuenta a través de una institución financiera y me cobra una comisión pero si quiero obtener la posibilidad de cobrar con tarjeta, tengo que pagar otra comisión”, comentó

Ante esta práctica, Muñoz Altamira mencionó que sería ideal que las instituciones financieras apoyaran y ajustaran los impuestos para que los negocios pudieran utilizar terminales para cobrar sus servicios y/o productos debidamente, ya que, en algunos casos, los propios negocios no tienen la posibilidad de absorber el costo de la comisión.

Por otro lado, planteó dudas sobre el futuro de aplicaciones de pago como Didi, las cuales dependen de esas comisiones y del mantenimiento digital necesario para sostener esa metodología de pago, en el contexto de esta ley.

Por ello, consideró que se debe analizar detenidamente esta ley, y lo que implica el tema de sanción al comerciante por el cobro de comisiones, ya que “solo traslada, no es un enriquecimiento o una utilidad adicional a la venta de un producto”.