Suspendieron los derechos civiles de Alejandra N, “La Mufasa”, por cuatro años y 11 meses; no tendrá licencia de conducir

Patricia López Núñez

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El Poder Judicial de Querétaro no tiene registro de alguna carpeta de investigación o procedimiento legal en contra del exgobernador Francisco Domínguez Servién, señalado de manera pública por supuestamente pretender despojar de una propiedad a una adulta mayor, aclaró el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Braulio Guerra Urbiola. 

Puntualizó que “no existe en el Poder Judicial de Querétaro carpeta alguna, ningún tipo de procedimiento, ninguna clase de situación en la que esté como parte del proceso, como demandado, como demandante, el ex gobernador Francisco Domínguez. En los registros que tenemos en el Poder Judicial no existe absolutamente nada en torno al exgobernador Francisco Dominguez”.

Guerra Urbiola reiteró que el caso tiene que ver con un procedimiento penal familiar, así que no hay alguna cuestión en la que se le involucre. “En cuanto a lo que representa lo formal, dentro del Poder Judicial, no existe absolutamente nada”, insistió el magistrado.

En otro tema, se refirió a la situación jurídica de Alejandra N., alias “La Mufasa”, quien causó la muerte de dos personas el año pasado por conducir en estado de ebriedad y recordó que recurrió al procedimiento abreviado y aceptó su responsabilidad, de manera que se suspendieron los derechos civiles por cuatro años y 11 meses. 

Esta sanción contempla la inhabilitación inmediata para obtener o renovar su licencia de conducir y la medida forma parte del paquete de sanciones que se impusieron tras el acuerdo reparatorio y la sentencia que se le dictó. Detalló que con eso se busca garantizar la no repetición de los hechos y sentar un precedente de responsabilidad vial en el estado. 

Asimismo, subrayó que las decisiones que emite el Poder Judicial se apegan al marco legal vigente y a las evidencias que se presentan en cada expediente, con lo que se garantiza la imparcialidad en todos los casos.  “No puede el juez ir más allá, ni menos ni más, de  lo que dispone el Código Penal. No es que se le conceda por una voluntad del juez o de la jueza sino que tiene el derecho automático a sustituir la pena privativa por una libertad con pago de multa”, insistió el magistrado presidente.