CELAYA, Gto.- El magistrado Víctor Federico Pérez Hernández, expuso el tema de la prisión preventiva oficiosa, a la luz de las recientes resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, la cual da algunos lineamientos que se tienen que cumplir como Estado mexicano para ajustar la legislación interna, la Constitución, a las normas convencionales, y que busca el equilibrio entre la víctima y el agresor, como medida cautelar excepciones, apegado a los estándares internacionales, en donde todos los abogados mexicanos deben cumplir con norma convencional.
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En el marco del 1er Congreso Jurídico Nova Lex, “Evolución y transformación del derecho en México”, organizado por Despacho CM, en las instalaciones de la Universidad Latina de México, el Magistrado adscrito a la primera sala penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato, desarrolló ante estudiantes, docentes y licenciados en Derecho, que para que una persona esté sujeta a prisión preventiva, tiene que cumplir ciertos requisitos, para que las partes puedan debatir en la audiencia, respecto a la necesidad de aplicar una prisión preventiva.
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“En el nuevo sistema, es una acción excepcional, y se deben de buscar cuáles son las demás alternativas, antes que la prisión preventiva. Cuando no hay otra, y existen algunos aspectos que se tiene que proteger, sobre todo para la protección de la víctima, el agresor se va a prisión”, comentó.
Por mencionar un caso, si una mujer que señala acoso sexual por determinada persona, y a dicho presunto agresor se le ordena no acercarse a ella, no mandarle mensajes, no verla, pero no lo cumple, entonces se tiene que aplicar la prisión preventiva.
“Si el presunto agresor, tiene elementos a través de sus abogados defensores, para poder establecer que hay circunstancias como el mostrar que vive en la ciudad, trabaja, no tiene problemas, y cumple con las recomendaciones, no necesita una prisión preventiva, y se puede llevar el proceso en libertad, con ciertas limitantes, como que salga de la ciudad, no se acerque a la víctima, y otras medidas cautelares que se van imponiendo”, explicó.
Dijo que también se tiene que equilibrar el aspecto de la protección de la víctima, y si hay amenazas, se acerca la persona con ciertas características, se tendrá que verificar y el probable responsable lo meten a la cárcel un rato.
En la ponencia, además de hablar sobre la prisión preventiva, también manejó el tema de la integración de pruebas en la etapa intermedia; y al final de su participación, el Magistrado Pérez Hernández respondió a unas diez preguntas que realizaron homólogos en Derecho, así como estudiantes.


