Es una de las imágenes que un club nunca desea para uno de sus trabajadores. Porque, aunque resulta doloroso observar una grave lesión y saber que no se va a poder contar con un jugador por determinado tiempo, peor es ver a un empleado entrando esposado en un juzgado y más acusado de una agresión sexual. Así, ¿cuáles son las opciones ahora del Valencia CF respecto a Rafa Mir?
Lo primero que hay que evidenciar es que el futbolista de Cartagena de 27 años no es culpable de ningún delito, no tiene antecedentes penales y no tiene nada pendiente con la Justicia. “El aficionado puede pedir que le echen, pero como trabajador tiene sus derechos y cualquier decisión precipitada puede ser un problema”, apunta Javier Ferrero, del prestigioso bufete Senn Ferrero.
A nivel contractual, el futbolista se encuentra cedido en el conjunto ché al ser propiedad del Sevilla CF con contrato hasta 2026 y, hasta el lunes, el club le ha dado descanso, dos días más que al resto de sus compañeros, probablemente para estudiar en profundidad su situación. Jurídicamente tiene unas medidas cautelares que le prohiben acercarse a la víctima a 500 metros y le obligan a presentarse en el juzgado una vez a la semana así como una retirada del pasaporte que no le permite salir fuera de nuestras fronteras. Medidas, todas, que no le impiden el normal desarrollo de su profesión toda vez que el Valencia no disputa competición europea.
Así, se presentan dos caminos a la entidad con respecto a su futbolista. El primero sería mantenerle dentro de la disciplina y esperar a un procedimiento judicial que podría demorarse entre uno y dos años, periodo en el que el futbolista ya ni siquiera estaría en sus filas. La segunda sería intentar resolver su vinculación en este momento sin tener que liquidar todo su salario. “En la mayoría de los contratos que hacemos fijamos cláusulas en lo relativo a las apuestas, al doping y por escándalos y en ellas se fija cual es la penalización que puede ser resolver el contrato”, apunta el abogado de Senn Ferrero.
No obstante, lo normal es que la justificación para la rescisión efectiva de una relación laboral entre club y futbolista debe ir apoyada en una sentencia firme, algo que se podría demorar varios años salvo que el futbolista pacte con la Fiscalía una sentencia condenatoria inferior a la que se le pudiera imponer si la causa se resolviera en un juicio. “Habría variado si hubiera prisión provisional ya que el contrato quedaría en suspenso. Al no haberla, el club no tendría una justificación para suspender la vinculación ni una causa clara para resolverla”, explica Ferrero.
Expediente disciplinario
La otra opción para forzar esa extinción laboral sería a través de un expediente disciplinario acorde al régimen interno del club, toda vez que en el Convenio Colectivo de los futbolistas no hay un apartado en el régimen sancionador que permita rescindir el contrato del delantero. “El club no puede juzgar la agresión sexual, pero como los hechos afectan a su imagen sí podría iniciar un procedimiento disciplinario”, apunta Ferrero.
En el código ético de la institución se especifica en su apartado III que “sin perjuicio de la responsabilidad penal, o administrativa en que pudieran incurrir, los empleados y directivos del Valencia CF como consecuencia de sus actos en incumplimiento de las más elementales normas éticas contenidas en el presente Código” podrían ver, continúa el texto, como “el Club podrá extinguir dicha relación [contractual] de conformidad con lo establecido en dicho acuerdo”.
En su apartado V, este código describe las Pautas de Conducta en las que especifica la necesidad de tener una “actuación ética y de acuerdo a las leyes”. “Todos los empleados y directivos del Valencia CF deben cumplir las leyes vigentes en los países donde desarrollan su actividad y observar en todas sus actuaciones un comportamiento ético”, recoge el texto en su primer punto. Anjara Argibay, profesora de Derecho Deportivo de la Universidad Europea, sí cree que el club podría utilizar su código ético por el daño a su imagen para intentar resolver el contrato del jugador o, al menos, suspenderlo de empleo y sueldo.
Los peores delitos
“Hace unos años, la peor imagen la generaban los delitos de naturaleza fiscal o económica. Hoy, los de naturaleza sexual son sin duda los que más daño hacen”, explica a EL MUNDO Mario G. Gurrionero, asesor de Comunicación para deportistas de élite en Comunicar es Ganar. “Lo que se justificaba en los años 90 y apenas generaba noticia, hoy abre telediarios y genera foco internacional. Lo vimos con el famoso beso no consentido de Luis Rubiales”, completa.
Santi Mina accediendo a la Audiencia Provincial de Almería.EFE
El caso Santi Mina es el precedente más cercano en el que los clubes tuvieron que respetar su relación laboral con el jugador incluso tras una primera sentencia condenatoria. El futbolista jugó dos temporadas en Mestalla y tres en el Celta pendiente de un juicio por agresión sexual en el que terminó condenado en primera instancia. El club vigués le apartó inicialmente cuando se conoció la sentencia, pero luego tuvo que mantener sus obligaciones contractuales como permitirle entrenar y brindarle los mismos servicios que a cualquier miembro del primer equipo.
“Nosotros queremos hacer una cosa -rescisión de contrato-, pero necesitamos su beneplácito. Sin el visto bueno del jugador no hay nada que hacer. Estamos intentando negociar con él”, explicó Carlos Mouriño, presidente del club vigués tras ceder al futbolista a Arabia Saudí las complicaciones laborales y de menoscabo a la imagen del club que hoy deben afrontar en Mestalla.


